INDEMNIZACIÓN POR LATIGAZO CERVICAL → Todo lo que tienes que saber.

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La indemnización por latigazo cervical, constituye, en contra de lo que pudiera parecer, uno de los supuestos de hecho más dificultosos a la hora de cobrar nuestra indemnización tras sufrir un accidente de tráfico de cualquier tipo.

El artículo 135 del nuevo Baremo de Accidentes de Tráfico modificaba a partir de 2016 lo establecido para este tipo de lesiones (apofisalgia, esguince cervical leve, excesivo dolor de espalda después de un accidente etc…), una modificación llevada a cabo por el legislador con el objetivo de evitar los abusos de la ciudadanía en relación a la reclamación de indemnizaciones por este tipo de lesiones de manera fraudulenta.

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Y si bien es cierto que existía un exceso de fraude por parte de los ciudadanos a la hora de reclamar una “falsa cuantía económica” a modo de indemnización por latigazo cervical en tiempos pasados, no debemos olvidar que, en caso de sufrir un accidente de tráfico, este tipo de lesiones son siempre las más frecuentes cuando se realiza a posteriori nuestra exploración corporal por parte del profesional facultativo.

Es por ello que hoy en el Blog de Garanley dedicamos un artículo a la indemnización por latigazo cervical, determinando aquellas cuestiones que debes conocer de manera clara, los últimos cambios de la ley al respecto y una serie de consejos para finalizar un proceso legal de este tipo con las máximas garantías en la defensa de tus intereses como particular.

¿CÓMO FINGIR UN LATIGAZO CERVICAL? | El origen de la polémica

Tras sufrir un accidente de tráfico, se calcula que aproximadamente el 80% de las víctimas de accidentes de circulación sufre algún tipo de lesión en la columna cervical.

Respecto a la gravedad del síndrome postraumático cervical, el tiempo de curación suele ser de entre 4 a 12 semanas para el 40% de las víctimas, sin dejar ningún tipo de lesión tras finalizar la recuperación del paciente.

En los supuestos de mayor gravedad, la curación del latigazo cervical necesita de un periodo de año y medio, sin dejar ningún tipo de lesiones en los ocupantes del vehículo tras su recuperación física como norma general.  

Este quizás era el motivo por el cual este tipo de lesiones eran fingidas de manera constante por parte de los usuarios para reclamar su correspondiente indemnización por latigazo cervical frente a la compañía aseguradora, cometiendo un fraude de estafa que la aseguradora no podía demostrar en la mayoría de casos.

Es por ello que, el legislador no dudo en modificar la nueva valoración de daño corporal en el Baremo de Accidentes, estableciendo nuevos requisitos para ello (sobre los cuales hablaremos a continuación) así como la obligación de intentar una reclamación amistosa previa al pleito civil en cuestión.

¿Ha conseguido esta reforma eliminar los casos de fraude de indemnización por latigazo cervical?Sin lugar a dudas.

En el año 2014, el 70% de las reclamaciones a las aseguradoras giraban en torno a supuestos de hecho de este tipo, porcentaje que se redujo en gran medida por las nuevas exigencias que determinaba el nuevo Baremo de Accidentes de Tráfico.

No obstante, no debemos olvidar que, con independencia de la mala fe por parte de algunos conductores, este tipo de lesiones siguen suponiendo las lesiones más frecuentes en sujetos que han sufrido un accidente de tráfico de cualquier tipo.

Y para estos sujetos, las nuevas modificaciones en el Baremo de Accidentes de tráfico no hacen más que dar lugar a un proceso de reclamación más costoso, con una tramitación mucho más lenta y con unas menores probabilidades de obtener la indemnización que por ley nos correspondía anteriormente.

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INDEMNIZACIÓN POR LATIGAZO CERVICAL | Nuevos criterios del Baremo de Accidentes de Tráfico.

Para entender porque la consecución de una indemnización por latigazo cervical se ha consolidado como uno de los procedimientos de reclamación más dificultosos frente a las compañías aseguradoras, basta con revisar los requisitos establecidos en el nuevo artículo 135 del Baremo de Accidentes de tráfico:

CRITERIO DE EXCLUSIÓN

El hecho de que una persona tenga una lesión de carácter cervical no genera de manera automática una indemnización por latigazo cervical. Resulta imprescindible probar que esta lesión no se debería a otra cuestión, como pudiera ser una enfermedad previa que el sujeto padeciera antes de sufrir el accidente.

CRITERIO CRONOLÓGICO

El cobro por una indemnización por latigazo cervical requiere que la sintomatología de la lesión aparezca 72 horas después de haber sufrido el accidente, espacio temporal en el cual el sujeto debe de haber recibido la correspondiente asistencia médica.

Este es uno de los criterios más utilizados por los abogados de las aseguradoras para denegar una indemnización por latigazo cervical por parte de la compañía a la que representan, alegando que no existen pruebas que demuestren que hemos acudido al profesional sanitario para recibir la atención médica necesaria.

CRITERIO TOPOGRÁFICO

Deberá de existir siempre una unión entre la zona del vehículo que ha recibido el impacto y la zona de nuestro cuerpo donde se manifiesten las lesiones corporales. Para ello será necesario analizar la forma en la cual se ha producido el accidente de tráfico

A este respecto y a efectos prácticos, cuando nos preguntamos cómo reclamar un latigazo cervical, será más difícil conseguir nuestra indemnización si el golpe no se ha producido en la parte trasera de nuestro vehículo.

CRITERIO DE INTENSIDAD

El criterio de intensidad hace referencia a la adecuación que deberá existir entre la lesión sufrida y el mecanismo de producción de la misma, es decir, el accidente que la ha provocado.

Esta cuestión, que podría resultar bastante lógica como exigencia para poder cobrar nuestra indemnización por latigazo cervical, se convierte en la práctica jurídica en la llave de denegación de la misma por parte de las empresas aseguradoras como norma general.

Debemos tener en cuenta que, es posible sufrir un accidente de tráfico grave que produzca fuertes desperfectos en el vehículo, pero que, por el contrario, no ocasione importantes daños a nuestra persona. Y viceversa.

Y aunque pueda parecerte ilógico, con independencia del tiempo de recuperación que implique tu esguince cervical, las compañías no dudan en trabajar con peritos profesionales cuyo informe siempre defiende en todo o en parte los intereses de la empresa aseguradora.

INFORME PERICIAL MÉDICO

El informe pericial médico es otro de los requisitos necesarios para poder conseguir nuestra correspondiente indemnización por latigazo cervical en base a lo establecido en nuestro ordenamiento jurídico.

No obstante, con independencia de la obligatoriedad delimitada por la ley al respecto, no cabe duda que los anteriores criterios que se establecen para la concesión de nuestra indemnización harán del informe médico pericial un elemento objetivo sobre el que desarrollar nuestras pretensiones como parte demandante de la forma más efectiva posible.

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LATIGAZO CERVICAL | Consejos para reclamar tu indemnización.

Obtener la máxima indemnización por accidente de tráfico dependerá en gran parte de cómo actuemos tras sufrir el accidente o de cómo tramitemos este procedimiento ante los tribunales competentes.

Resulta IMPERATIVO acudir al hospital nada más sufrir el accidente. Si bien es cierto que es posible no experimentar ningún tipo de dolencia tras el siniestro, es habitual que los dolores por latigazo cervical se manifiesten durante las horas posteriores a este momento.

Si no lo hacemos, correremos el riesgo de sobrepasar el límite de las 72 horas que la ley establece para este tipo de casos, perdiendo cualquier tipo de posibilidad para realizar nuestra reclamación.

Por otro lado, una vez hayamos llegado al centro médico, es imprescindible solicitar pruebas médicas que podamos aportar en el proceso que tendrá lugar a posteriori y que demuestren de manera fáctica nuestro estado físico a causa del accidente.

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Las pruebas médicas representarían por tanto un elemento clave en cualquier proceso donde medicina y ley se entrelacen a lo largo del desarrollo del mismo.

En base a lo establecido en el artículo 335 del Código Civil, cuando se requiere conocimientos científicos, técnicos o prácticos para emitir la resolución final, la prueba aportada por las partes permite ofrecer ese conocimiento especializado  el cual el juez desconoce sobre una materia en concreto.

Por otro lado, los diferentes requisitos determinados en nuestro ordenamiento jurídico nos hacen ver que la reclamación de una indemnización por latigazo cervical requiere de manera clara de la ayuda de un despacho de abogados especializado en este tipo de litigios.

Garanley se ha consolidado de manera clara como uno de los mejores equipos jurídicos para la reclamación de una indemnización por latigazo cervical.  Nuestro extenso bagaje profesional en supuestos de hecho de esta tipología sumado a un equipo jurídico de vanguardia te ofrecerá la ayuda legal que en estos momentos puedes necesitar.

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Esperamos que este post te haya ayudado a entender a la perfección todas las cuestiones relacionadas con la indemnización por latigazo cervical. ¿Tienes más dudas? Ponte en contacto con nuestro equipo especializado.

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