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Retirada del carnet por alcoholemia o exceso de velocidad

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La retirada del carnet por alcoholemia o exceso de velocidad y cancelación de antecedentes penales es un tema de mucho desconocimiento. Sobre todo luego de las modificaciones en la reciente reforma del Código Penal de 2015. En esta ocasión desde nuestro Despacho de abogados en Barcelona te contamos sobre ello.

Retirada del carnet por alcoholemia o exceso de velocidad

Desde el 2006 en España fue implementado un sistema de puntos para el carnet de conducir. La pérdida de puntos por infracciones conlleva a la retirada del mismo. Dos de las principales razones de ellos son el exceso de velocidad y la alcoholemia.

La alcoholemia en España es un tema que se toma con mucha seriedad. Tanto que se han tomado medidas cada vez más estrictas para controlarla. Esto considerando que en el 2017  el 12% de los accidentes mortales en España fueron producto del alcohol.

Un conductor que tenga 3 o más años de experiencia tiene unos 12 puntos en su carnet de conducir, los que tienen menos de eso cuentan con 8 puntos. Si a alguien se le retira el permiso de conducir por infraciones, solo podrá recuperar un máximo de 8.

La tasa de alcoholemia: ¿es un delito penal o una falta administrativa? ¡Descúbrelo en el post del enlace!

Según la cifras que ofreció la Dirección General de Tráfico, para el 2015 ya casi unos 7 millones de conductores habían perdido puntos. Además que se habían impuestos unas 12 millones de sanciones que conllevaban a la retirada del carnet de conducir.

El tema de los delitos contra la seguridad vial, las penas que les corresponden y la cancelación de antecedentes es una cuestión recurrente en charlas de bar y en corrillos informales. Es probable que te hayas percatado de ello en alguna ocasión.

Son muchos millones de conductores y, además, todos somos peatones y usuarios de la vía pública. Por lo que, de una forma u otra, estamos involucrados como potenciales responsables o afectados por estos tipos delictivos.

Más adelante te explicamos las penas y la cancelación de los antecedentes penales. Pero centrémonos antes en los delitos contra la seguridad vial, que llevan aparejadas penas de retirada del permiso de conducir.

Razones para la pérdida de puntos en el carnet de conducir

En las leyes hay una amplia variedad de razones para la pérdida de puntos en el carnet de conducir. Esto depende del tipo de infracción y el grado de la misma. Ya que van desde leves hasta muy graves. A continuación haremos mención de las más comunes.

  • El conducir bajo los efectos del alcohol lleva a le perdida de 4 o 6 puntos.
  • Conducir de forma temeraria, participar en carreras o ir en sentido contrario significa la pérdida de 6 puntos.
  • Conducir bajo efectos de estupefacientes o similares conlleva a la pérdida de 6 puntos.
  • Que un conductor realice adelantamientos indebidos lleva a perder 4 puntos.
  • Que el conductor realice alguna maniobra de marcha a atrás, en una autopista le hará perder 5 puntos.
  • Realizar cambios de sentido en zonas prohibidas significa la pérdida de 3 puntos.
  • Si un conductor no respeta la distancia de seguridad que debe haber entre los choches, pierde 4 puntos.
  • Conducir utilizando o manejando cualquier aparato que pueda causar distracción significa una pérdida de 3 puntos.
  • El no usar el cinturón de seguridad lleva a perder 3 puntos.
  • Conducir con el carnet suspendido significa una pérdida de 4 puntos.
  • Conducir con excesos de velocidad, es decir por encima de la ley, se pierden 6 puntos.
  • Pasar en un semáforo que se encuentra en rojo significa perder 4 puntos.

Las infracciones con retirada de puntos del carnet pueden llevar a la suspensión del mismo. También es importante recordar que si se comete más de una violación en la misma ocasión la pérdida es acumulativa. Y en los casos en los que se pierden todos los puntos se procede a retirar el permiso de conducir.

Retirada del carnet de conducir

Un juez puede considerar los delitos contra la seguridad vial e imponer la retirada del permiso de conducir. Estos casos se definen como una privativa de derechos. Si es impuesta alguna pena no se te permite conducir vehículos de motor o ciclomotor por un tiempo estimado.

Es importante resaltar que estas medidas se toman para mantener seguros no solo a los peatones, sino también a los conductores. Respetar las normas ayuda a preservar tu vida y la de los demás.

Claro nunca se está exento de sufrir algún accidente de tránsito, pero la mayoría de ellos se pueden evitar.

Si eres víctima o sufriste algún siniestro puedes contar con nuestro despacho de Abogados accidentes de tráfico en Barcelona donde te brindaremos toda la asesoría necesaria.

La desinformación es una causa de penalización, más no es excusa ante la ley. A continuación te desglosaremos un poco mejor los delitos contra la seguridad vial que se establecen en el código penal.

Los delitos contra la seguridad vial en el Código Penal

Puedes consultarlos en los artículos 379 y siguientes del Código Penal (C.P.). Así, a la persona que condujese un vehículo a motor o ciclomotor a una velocidad que supere en 60 kilómetros por hora en vía urbana, o en 80 en interurbana, la permitida reglamentariamente, le será impuesta:

  • Pena de prisión de 3 a 6 meses.
  • Multa de 6 a 12 meses o bien.
  • De 31 a 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

En cualquiera de los tres casos (delito de exceso de velocidad punible), se impone también la prohibición de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

¿Te han retirado el carné de conducir por un delito penal relacionado con la tasa de alcoholemia? ¡Es el momento de acudir a un abogado penalista!

Idénticas penas corresponderían a quienes condujeran bajo la influencia de drogas, estupefacientes, bebidas psicotrópicas o alcohol (tasa en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o 1,2 gramos por litro en sangre). Pero, debes saber que, aunque no se alcancen dichos límites, puede existir delito si se demuestra que indudablemente se conducía con alteración de facultades físicas o psíquicas.

Conducción temeraria y otros

El Código Penal también castiga la temeridad manifiesta y poner en peligro la vida o integridad física de las personas cuando se conduce. En concreto, las penas son de prisión de 6 meses a 2 años y la retirada del carnet por un período superior a 1 año y hasta 6.

La conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás y la negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas, para la comprobación de las tasas de alcohol y drogas, son otros dos de los delitos contra la seguridad del tráfico. Estos acarrean penas de retirada del permiso de conducir (artículos 381 y 383 del Código Penal).

Penas y cancelación de antecedentes penales por delitos de tráfico

El artículo 39 del C.P. enumera las penas privativas de derechos. Entre ellas se encuentra (apartado d) la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores. Seguro que la conoces mejor por la denominación popular: retirada del carnet de conducir.

¿Conoces todo lo necesario sobre la tasa de alcoholemia en España?

Sanciones, comparación de la tasa con otros países de Europa… ¡una súper guía!

Se trata de una de las penas más habituales en delitos contra la seguridad del tráfico. Inhabilita al condenado a conducir cualquier tipo de vehículo a motor, incluidos ciclomotores, durante el tiempo establecido en la resolución judicial. El precepto 40.2 del C.P. regula dicho plazo, que oscila entre los 3 meses y los 10 años.

El artículo 47 del mismo texto legal establece que:

“cuando la pena (de privación del derecho a conducir) impuesta lo fuere por un tiempo superior a dos años comportará la pérdida de vigencia del permiso o licencia que habilite para la conducción…”.

Para establecer los plazos de cancelación de antecedentes por este tipo de condenas ha de tenerse en cuenta la clasificación de las penas. Estas pueden ser:

  • Graves: retirada del carnet de conducir más allá de 8 años.
  • Menos graves: privación del derecho a conducir por un período de tiempo de entre un 1 año y 1 día hasta 8 años.
  • Leves: penas desde 3 meses a 1 año.

Los plazos de cancelación de antecedentes penales

Los plazos de cancelación de antecedentes penales son, tras la reforma del Código Penal de 2015, los siguientes:

  • 6 meses para las penas leves.
  • 2 años para que no superen el año y derivadas de delitos imprudentes.
  • 3 años para las penas menos graves, que sean inferiores a 3 años.
  • 5 años para el resto de penas menos graves.
  • 10 años para las cancelación de antecendentes para penas graves.

Todos estos plazos comienzan a contar desde el día siguiente a aquel en el que se haya cumplido o extinguido la pena.

Es importante que tengas presente una cosa: si el delito se cometió antes del 1 de julio de 2015, los plazos que se aplican son los establecidos en el Código Penal anterior a la reforma de dicha fecha.

Los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho, tal y como estipula el artículo 136 del C.P., a que el Ministerio de Justicia cancele sus antecedentes penales si no han vuelto a delinquir. Dicha cancelación puede solicitarse a instancia de parte.

No te pierdas estos consejos para prevenir accidentes de tráfico.

Por ello, te recomendamos dirigirte a un abogado experto en esta materia. Para gestionar la petición o aclarar dudas y solventar cualquier cuestión relacionada con los delitos de seguridad vial, con las penas que llevan aparejadas o con la cancelación de los antecedentes penales.

Qué hacer en caso de retiro de carnet de conducir

El retiro del carnet de conducir se puede producir, como lo explicamos antes, por cometer algún delito contra la seguridad vial o que se pierdan todos los puntos del mismo.

En el primer caso al conductor se le impone una sentencia, la cual depende netamente de la gravedad del delito cometido y la sanción que tenga el mismo. Esto es decidido por un juez y luego cumplir el plazo establecido se debe realizar el papeleo para sacar el permiso de conducir nuevamente.

En el segundo caso lo que se procede es que la Jefatura Provincial de Tráfico empieza un procedimiento donde se declara le pérdida de la vigencia del carnet. Durante eso se le da al conductor un plazo de 10 días para que el mismo haga sus alegaciones.

Retiro de carnet a empleado

Cuando se es dueño de empresa puede surgir la pregunta de qué hacer si a un trabajador le retiran el carnet de conducir. Esto sobre todo en los casos en los que el trabajo del empleado depende netamente de la conducción.

En este caso específico hay que tomar en cuenta que el empleado perderá su permiso de conducir por un tiempo indeterminado. Puesto que debe realizar las pruebas para obtenerlo nuevamente.

¿Te han retirado el carné de conducir por un delito penal relacionado con la tasa de alcoholemia? ¡Es el momento de acudir a un abogado penalista!

El Tribunal Supremo establece que la empresa puede suspender por un tiempo la relación laboral. Por lo que el trabajador no gozará de pago salarial o beneficios del empleo, como el seguro de salud. Sin embargo el convenio colectivo establece que en algunos casos se debe reasignar al empleado en otro cargo.

El tema de la retirada del carnet por alcoholemia o exceso de velocidad le compete a todos los ciudadanos. A los peatones para conocer sus derechos y a los conductores para tomar precauciones y conducir de forma segura. Si por otro lado si consideras que necesitas asesoría puedes contactarnos  te brindamos  un servicio integral adaptado a tus necesidades.

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