Cuando una persona sufre un accidente de tráfico, tiene derecho a ser indemnizada si no ha sido la culpable. Esa indemnización no es igual para todo el mundo, todo dependerá de la situación y circunstancias.
Para poder realizar el cálculo de la indemnización siempre hay que tener en cuenta diferentes conceptos. Y todo eso te lo vamos a mostrar a lo largo de este artículo para que te sea más fácil realizar los cálculos.
El cálculo de indemnización por accidente tiene en cuenta dos conceptos. Las lesiones temporales y las secuelas que hayan podido quedar en la persona que ha sufrido el mismo. Teniendo en cuenta esa información y el baremo de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, será más fácil realizar los cálculos oportunos. Por suerte, todo está escrito en una ley, por lo que las aseguradoras tendrán que basarse en la misma para indemnizar a la persona o personas afectadas.
A través de nuestro servicio de abogados para accidentes de tráfico podemos realizar los cálculos por ti y asesorarte en todo lo que necesites. Pero si quieres hacerte a la idea, pasamos a mostrarte la información que buscas. Pero antes de entrar en detalles, queremos dejar claro que la indemnización por lesiones temporales se divide en tres conceptos.
Dicho esto, pasamos a ver de manera más detenida cada uno de los conceptos para conocer la indemnización por accidente de tráfico en cada uno.
En este caso se indemnizará por un importe de 35.71 euros al día. Por supuesto, esta cifra está ligada a este año, en futuros años la cifra seguramente sea superior.
Dependiendo de cuál haya sido la pérdida de calidad de vida, la indemnización podrá ser superior o inferior.
Tras un periodo de recuperación hay que analizar si la persona se ha recuperado correctamente o no. En caso de que le hayan quedado secuelas, las mismas deben ser indemnizadas. Para realizar los cálculos deberás tener en cuenta los siguientes conceptos.
Para realizar este cálculo es necesario tener en cuenta las lesiones permanentes que la persona ha pasado a tener tras el accidente. Tras conocerlas, es el momento de buscar la correlación en la tabla de secuelas del baremo.
A lo anteriormente mencionado hay que añadir las posibles secuelas concurrentes. En este caso todo se deberá calcular a través de la fórmula de Balthazard. Esa tabla está registrada en la ley mencionada anteriormente, concretamente en el artículo 98.
Dependiendo de los puntos obtenidos en el baremo, la indemnización que corresponderá a la persona será una u otra. También es importante tener en cuenta que los perjuicios estéticos deben ser incluidos como secuencias funcionales. Por ese motivo, es importante que te pongas en contacto con nosotros para que podamos tener en cuenta todo y así puedas disfrutar de la indemnización que realmente te corresponde. Sin la ayuda de un buen abogado la aseguradora intentará reducir al máximo la indemnización, es decir, siempre deberás ponerte en manos de un buen abogado para recibir lo que realmente te corresponde.
En este caso la indemnización deberá tener en cuenta algunas características específicas. Por ejemplo, si la persona que ha sufrido el accidente de tráfico estaba embarazada y ha sufrido un aborto a causa del mismo.
Dentro de este apartado es fundamental distinguir entre si el daño es lucro cesante o emergente. Vamos a hablar de los para que te sea un poco más fácil diferenciarlos.
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