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Juicio penal rápido

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El juicio rápido penal facilita el ágil enjuiciamiento de una serie de delitos menos graves y flagrantes, simplificando ciertos trámites, reforzando las funciones de la policía judicial y concentrando la investigación ante el juez de guardia. En este caso, el juicio verbal es el procedimiento más rápido de este tipo de procesos.

El juicio rápido penal es un proceso especial, que se aplica al instruir delitos castigados con penas privativas de libertad que no exceden de cinco años o cualesquiera otras (multas, inhabilitaciones, prohibiciones de aproximación a una víctima o de comunicación con ella, privaciones del permiso de conducir…) que no superan los diez años y que se imponen como únicas o de forma conjunta o alternativa con una pena de prisión.

Recuerda, además, que para juzgar hechos presuntamente delictivos a través de un juicio rápido penal es necesario que el procedimiento se haya incoado como consecuencia de un atestado policial y que la policía judicial haya detenido al presunto culpable y lo haya puesto a disposición del juzgado de guardia, o simplemente lo haya citado ante el juez en calidad de denunciado.

Como puedes comprobar, el juicio rápido penal es una vía ágil a la hora de enjuiciar rápida y eficazmente delitos menos graves y flagrantes (aquellos en los que se sorprende al delincuente cometiendo el acto en cuestión).

Este procedimiento se introdujo en España por medio de la Ley 38/2002, de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Si deseas profundizar en el estudio de esta figura debes acudir al artículo 795 y siguientes del texto legal.

Para que te hagas una idea en torno a la importancia que han adquirido los juicios rápidos durante los últimos años, observa este dato: según el Consejo General del Poder Judicial, ya en 2012 el 45 por ciento de los procedimientos en juzgados de instrucción y el 64,4 por ciento en los de violencia de género se tramitaron por medio de estos procesos especiales.

Delitos susceptibles de juicio rápido

Este procedimiento se desarrolla para enjuiciar los siguientes tipos de delitos:

  • Hurto.
  • Robo.
  • Delitos contra la seguridad del tráfico (conducir bajo influencia de alcohol, drogas o estupefacientes, sin permiso de conducción, negativa a realizar prueba de alcoholemia, superar los límites de velocidad establecidos legalmente…).
  • Hurto y robo de uso de vehículos.
  • Delitos contra salud pública que provoquen daños graves.
  • Daños.
  • Algunos delitos contra la propiedad intelectual e industrial.
  • Atentado a la autoridad, personal médico, profesor o funcionario público.
  • Lesiones, coacciones y violencia física y psíquica habitual en el ámbito familiar.

Abogados penalistas en Barcelona

Todos los delitos susceptibles de juicio penal rápido deben ser de instrucción sencilla y fácil. En ningún caso pueden tramitarse por esta vía los delitos para cuya investigación se haya decretado el secreto de las actuaciones o aquellos relacionados con otros a los que la legislación asigna mayor pena.

Inicio del procedimiento

Como te indicamos anteriormente, es requisito imprescindible que el proceso comience con un atestado policial. En el mismo, ha de constar la detención y puesta a disposición judicial del acusado o, simplemente, su citación ante el juzgado de guardia en calidad de denunciado.

La decisión en torno al inicio de proceso corresponde al juez. Si éste considera que no procede el comienzo del mismo empleando los cauces del juicio rápido, dictará una resolución motivada al respecto.

Derechos y deberes del perjudicado por el delito

En caso de asistir a un juicio rápido como perjudicado por el delito, recuerda que el secretario judicial debe informarte detalladamente sobre:

  • Tu derecho a personarte como parte en el proceso, acompañado de abogado y procurador para tu defensa y representación.
  • Nombramiento de abogado de oficio, en caso de tener derecho a la asistencia jurídica gratuita.
  • Indemnización por los daños ocasionados por la acción delictiva.
  • Medidas asistenciales para las víctimas de violencia de género.

El juzgado ha de notificarte la fecha de la vista y las resoluciones que pongan fin al procedimiento (sobreseimiento, sentencia…).

En cuanto a los deberes, recuerda que tienes la obligación de comparecer cuando hayas recibido una citación por parte de la policía o del correspondiente órgano judicial. La incomparecencia no justificada puede multarse con hasta 5.000 euros. Además y si la negativa persiste, es posible que incurras en un delito de obstrucción a la justicia. No olvides que tu presencia puede ser determinante para la comprobación de los hechos y prueba para apoyar las peticiones del fiscal o de la defensa.

Trámites de investigación

El juez, en el auto de incoación, establece las diligencias a practicar (declaración del imputado, petición de antecedentes, declaración del damnificado y de los testigos, informes forenses, careos…). El objetivo pasa por averiguar si el delito denunciado se ha cometido realmente, si el denunciado es el autor del mismo y si existen elementos para graduar la pena y establecer una hipotética responsabilidad civil.

El denunciado, a través de su abogado, el denunciante y el fiscal también están facultados para solicitar la práctica de diligencias de investigación, que el juez estimará si las considera justificadas.

Finalización

El juicio rápido puede concluir de cuatro maneras diferentes:

  • Archivando o remitiendo el asunto a otro partido judicial o jurisdicción.
  • Reputando el hecho como falta (en tal caso, se continúa el procedimiento según los trámites establecidos para el juicio de faltas).
  • Dictando sentencia de conformidad (cuando el acusado está de acuerdo con los relatos y petición de pena del fiscal, el juez de guardia dicta la sentencia y se notifica a los interesados).
  • Sin conformidad por parte del acusado en el juzgado de instrucción. El juzgado de guardia cita a las partes, testigos y peritos para la vista en el correspondiente juzgado de lo penal (dentro de un plazo de 15 días).

Por último diremos que, como seguramente ya has deducido, un juicio rápido puede celebrarse en domingo o festivo. Ello es así, porque dicho procedimiento se efectúa en el ámbito de un juzgado de instrucción que está de guardia.

Para solventar cualquier duda en torno a los juicios rápidos, no dudes en contactar con nuestro despacho de abogados penalistas en Barcelona. Te asesoraremos rápida, eficazmente y sin ningún tipo de compromiso.

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