¿La pareja de hecho tiene derecho a herencia?

Una pareja de hecho es una unión formada por dos personas mayores de edad que, independientemente de su sexo y sin haber contraído matrimonio deciden llevar una vida en común, creando una comunidad donde confluyen la vida, los intereses y los fines de un mismo hogar. 

Es decir, viven exactamente como dos personas casadas, pero sin estarlo de manera oficial, aunque también pueden disfrutar de una serie de relaciones, derechos y deberes personales y patrimoniales que reciben reconocimiento y protección. 

Sin embargo, los derechos que se derivan de una pareja de hecho no son tan extensos ni abarcan lo mismo que los del propio matrimonio en nuestro país. Y una de las cuestiones que más dudas genera en las parejas de hecho es la herencia. 

La consideración de pareja de hecho, sin embargo, es muy irregular a lo largo de toda la geografía española, ya que no existe una única Ley que regule este tipo de uniones, sino que la legislación recae en las propias Comunidades Autónomas, dando lugar a conceptos legislativos con distintas características y diferentes denominaciones. Por ello, en este artículo te vamos a aclarar el tema de la herencia en parejas de hecho, ya que es un tema que está sujeto a variaciones en cada una de las Comunidades Autónomas españolas. 

¿Cuáles son los requisitos para inscribir una pareja de hecho en España?

Obviamente, en España existen unos requisitos que deben cumplir dos personas para poder registrarse como pareja de hecho. Entre estos, se necesita ser mayor de edad o menor emancipado, a partir de los 16 años. Además, debes estar soltero o soltera para poder formalizar esta unión, ya que no se permite hacerlo si ya estás casado o casada. 

Asimismo, uno de los dos miembros de la pareja de hecho debe estar empadronado en la Comunidad Autónoma en la que se va a registrar esta unión y se debe acreditar demostrando un periodo mínimo de convivencia conjunta, que varía dependiendo de cada CCAA, entre 6 meses y 2 años.

Cada Comunidad Autónoma establece unas condiciones diferentes para poder validar el registro, por lo que es conveniente revisarlas antes de iniciar el procedimiento para que no quede invalidada dicha unión. Además, si la pareja tiene hijos en común no es necesario tener que demostrar un período mínimo de convivencia. 

¿Cómo funcionan las herencias entre parejas de hecho?

Muchas parejas que no han contraído matrimonio, sino que se han registrado como pareja de hecho, desconocen si tienen derecho a herencia en el caso de que fallezca su pareja, teniendo muchísimas dudas, ya que se suele pensar que existen los mismos derechos hereditarios. Sin embargo, lo cierto es que las parejas de hecho no ostentan los mismos derechos hereditarios que se obtienen con el matrimonio, al menos no a lo largo y ancho de toda la geografía española. 

Esto se debe a que el Código Civil, aunque regula el matrimonio en el ámbito nacional, no lo hace sobre las parejas de hecho. Como hemos visto antes, la consideración de pareja de hecho y la elaboración de las leyes recae sobre las Comunidades Autónomas, y no todas han realizado avances legislativos en esta dirección. 

Por ello, se debe estudiar los derechos hereditarios de las parejas de hecho en cada una de las comunidades, ya que, mientras existen algunas que equiparan las parejas de hecho con el matrimonio, otras no tienen ni una sola normativa al respecto. 

Comunidades Autónomas españolas que equiparan el matrimonio con las parejas de hecho

Como hemos dicho, existen algunas Comunidades Autónomas que reconocen las parejas de hecho con la misma legalidad que los propios matrimonios. Sin embargo, pese a todo, todavía pueden existir problemas a la hora de heredar. 

Por ello, incluso en estas comunidades, es una buena idea hacer un testamento para asegurar determinados derechos entre los propios miembros de la unión en caso de que una de las dos personas fallezca. Así, la pareja de hecho tiene derecho a la herencia sin excepciones.  

Entre estas comunidades autónomas se encuentran las siguientes: Cataluña, con la Ley 10/1998, de 15 de julio, de uniones estables de pareja; País Vasco, con la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco; Baleares, con la Ley Balear, 18/2001, de 19 de diciembre de parejas estables; Galicia, con la Ley 2/2006, de 14 de junio de Derecho Civil de Galicia; la Comunidad Valenciana, con la Ley 5/2012, de 15 de octubre de Uniones de Hecho; y Aragón, que lo incluye en el Derecho Civil foral Aragonés.

Eso sí, cada una de estas CCAA tiene sus propias peculiaridades y condiciones en sus propias leyes, por lo que conviene estudiarlas para conocer el alcance de los derechos de las parejas de hecho en esta materia. 

Comunidades Autónomas españolas que sin normativa específica al respecto

Las únicas CCAA que hemos nombrado antes son las que han trabajado en la elaboración de leyes sobre derechos para las personas que viven como pareja de hecho y no como matrimonio, lo que les otorga una serie de ventajas y unos derechos que en otros lugares del país no existen. 

En el resto de las comunidades, tan sólo se contempla el matrimonio y deja sin efectos legales cualquier otro tipo de convivencia de pareja extramatrimonial. En estas zonas de España este tipo de uniones están sumamente desprotegidas. Por ello, lo que recomendamos absolutamente es realizar un testamento en favor de la pareja de hecho para garantizar los derechos de herencia entre ambas personas. 

Pese a todo, en estas comunidades no puedes dejar todo el patrimonio que deseas a tu pareja, ya que la ley exige que se respeten los derechos de los herederos forzosos, en el caso de que tenga descendientes o no. Además, si tiene padres o familiares directos, la ley obliga a compartir los bienes, incluyendo la propia vivienda que habían adquirido en común los dos miembros de la pareja de hecho. 

Así pues, las Comunidades Autónomas que no han realizado regulación al respecto de la herencia en parejas de hecho son Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla La Mancha, la Comunidad de Madrid, Extremadura, las Islas Canarias, La Rioja y Murcia. 

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