Prestaciones contributivas

Las prestaciones contributivas, son prestaciones económicas y de duración indefinida (aunque no siempre), cuya concesión está generalmente supeditada a una previa relación jurídica con la Seguridad Social.


Se encuentran en reservas especiales que las empresas y los empleados construyen para asegurar su bienestar una vez terminado un contrato laboral o al presentarse algún tipo de necesidad grave durante su desarrollo, siendo estas un ahorro o una reserva económica a la que tienen derecho los trabajadores contribuyentes y las personas que no han contribuido al sistema, pero que por determinación de las leyes tienen acceso a este tipo de auxilios en casos determinados.

¿Qué son las prestaciones contributivas y las no contributivas?

Las prestaciones no contributivas son auxilios que se entregan a personas que no han cotizado nunca o que no han cumplido con el tiempo mínimo exigido de contribución, pero que demuestran una situación expresa de necesidad, siendo estas entregadas a personas que:

  • Viven dentro del territorio Español, son residentes o ciudadanos legales.
  • Que no tengan ninguna pensión contributiva al momento de solicitar se estudie su caso para otorgar un auxilio económico, bien sea por no haber cotizado nunca o por no tener el tiempo necesario cumplido para acceder a alguna pensión.
  • Que no tengan y que puedan demostrar que no tienen ingresos suficientes.

Estas pensiones son por lo general entregadas por jubilación para adultos mayores a 65 años; por invalidez a personas que demuestren que su minusvalía es por lo menos del 65% y por hijo a cargo menor de 18 años o afectado por alguna minusvalía del 65% o mayor.

¿Cuáles son las prestaciones contributivas?

Las prestaciones contributivas por su parte, son aquellas que se otorgan a personas que han cumplido cierto tiempo de estar contribuyendo el los fondos de Seguridad Social y a las que tendrán derecho por diferentes causas. Entre las prestaciones contributivas más importantes están:

  • Desempleo, que se otorga a trabajadores que por uno u otro motivo de los contemplados en la ley ven reducido su horario y carga laboral a menos de las dos terceras partes del legal y que dejan de percibir un salario completo.
  • Las prestaciones de asistencia sanitaria y farmacéuticas, son las que garantizan que todas las personas adscritas al sistema de Seguridad Social tengan las condiciones de salud y los servicios médicos que requieren para que su integridad no se vea atropellada, se incluyen además los servicios de rehabilitación y hospitalización para que el trabajador recupere su salud por completo.
  • Incapacidades permanentes y temporales: Son a las que tiene derecho un trabajador cuando por situaciones de enfermedad o accidentes no pueden continuar laborando, las temporales son por periodos determinados por el médico especialista y las permanentes se dan cuando un trabajador no puede definitivamente por invalidez o enfermedades laborales terminales seguir con su labor.
  • Las prestaciones contributivas de maternidad, son a las que tiene derecho toda nueva madre, y corresponde a un periodo máximo de 16 semanas para la madre por parto, adopción o acogimiento y el padre tendrá derecho a disfrutar de 4 semanas máximo para acompañar a la madre en el proceso de recuperación y de acondicionamiento.
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