¿Me pueden despedir si voy a ser padre?

Uno de los principales temores a los que se enfrentan aquellos trabajadores que van a ser padres es qué va a suceder con su puesto de trabajo cuando el bebé haya nacido.

No solo es una cuestión de conciliación, sino de permitir a los padres disfrutar de su hijo recién nacido y poder disponer del tiempo necesario para poder atender todas sus necesidades, sobre todo durante las primeras semanas, las más delicadas en la etapa de crecimiento.

¿Qué sucede cuando un empleado reclama su baja de paternidad? ¿Se puede despedir a un futuro padre alegando causas de rendimiento o incompatibilidad con las necesidades de producción de la empresa?

Voy a ser padre: ¿me pueden despedir?

La ley es tajante al respecto: no se puede ejecutar un despido, ni aplicar una reducción de jornada de manera unilateral, ni proceder a un cambio de funciones ni de puesto de trabajo cuando un empleado anuncia que va a ser padre y que, por tanto, se va a acoger a su derecho de disfrutar de un periodo conocido como baja por paternidad.

Existen precedentes que demuestran que despedir a un trabajador por el mero hecho de ser padre, incluso horas después del anuncio, es ilegal. En esos casos se procede a la declaración del despido nulo por la vía judicial, sentando cátedra y permitiendo a aquellos trabajadores que se encuentren en una situación similar reclamar sus derechos y exigir a la empresa el mantenimiento de las mismas condiciones laborales de las que gozaba el trabajador en los meses previos a la baja por paternidad.

Por tanto, la respuesta es clara: ¿me pueden despedir si voy a ser padre? No. Y, si eso sucede, te recomendamos que acudas a nuestro equipo de expertos en derecho laboral para estudiar tu caso, porque se puede declarar nulo el despido y la empresa puede verse obligada a readmitirte si no existe un respaldo legal consistente que permita a la empresa justificar el despido.

Aquí, como de costumbre, existen todo tipo de casos, y por eso es importante contar con el adecuado asesoramiento legal. No es posible despedir a un trabajador por el mero hecho de que vaya a ser padre, por lo que recurrir ese despido es una obligación moral, ya que, además, se priva al empleado del medio para obtener los ingresos con los que hacer frente a los cuidados del bebé.

¿Qué hago si en la empresa me comunican el despido tras anunciar mi paternidad?

Lo primero que necesitas saber es que el asesoramiento legal es fundamental. Todos los pasos que des deben contar con el visto bueno de un asesor especializado en derecho laboral, que te guiará a través de todo el proceso para que puedas encontrar la mejor solución a tu situación.

En caso de que la empresa te haya despedido tras haber comunicado que vas a ser padre, o tras haber reclamado tu permiso de paternidad, debes acudir de inmediato a un experto en derecho laboral. En Garanley contamos con un equipo de abogados laborales altamente capacitados y con mucha experiencia en este ámbito, así que no dudes en compartir con nosotros tu situación para encargarnos del caso.

En función de las circunstancias que rodeen tu despido, nuestros profesionales te indicarán cuál es el mejor modo de obtener una compensación por tu despido.

¿Un despido por comunicación de maternidad o paternidad es considerado nulo?

Así es. Si no existen causas objetivas que la empresa pueda demostrar, el despido de un trabajador que haya comunicado su paternidad o maternidad será declarado nulo por vulneración de derechos fundamentales. 

Cualquier indicio de prueba en la comunicación de maternidad o paternidad será suficiente para entender que la empresa ha vulnerado ese derecho fundamental, por lo que el despido no ha lugar. Para solicitar la nulidad del despido deberás impugnar la decisión de la empresa dentro de los 20 días hábiles desde la fecha de notificación.

Se entiende que, cuando un empresario decide despedir a un trabajador que ha comunicado su paternidad, está vulnerando el artículo 14 de la Constitución Española y, por tanto, se procede a la nulidad del despido, dado que despedir a un empleado por paternidad es un gesto claro de discriminación.

Si no existe un motivo real para proceder al despido más que la situación de maternidad o paternidad, el despido será declarado nulo y el empleado podrá proseguir con su trabajo como de costumbre, viéndose obligada la empresa a no obstaculizar el desempeño normal de las actividades profesionales del trabajador afectado.

Además, el trabajador podrá acogerse a su derecho de disfrutar de su permiso retribuido de 16 semanas por paternidad o maternidad, y de solicitar una reducción de jornada o adaptación de la misma por el cuidado de los hijos, sin que ello suponga más agravio para el empleado.

¿Qué ocurre cuando se confirma la nulidad del despido?

Una vez el despido sea declarado nulo, la empresa está obligada a proceder a la readmisión del trabajador, así como al abono de los salarios de tramitación, entendiéndose como tales el salario correspondiente a los días transcurridos desde la fecha de comunicación de despido hasta el día de su reincorporación a la empresa.

Además, si el despido es declarado nulo, el trabajador tiene derecho a solicitar una indemnización a la empresa por vulnerar el derecho fundamental a la igualdad y no discriminación, procediendo el juzgado correspondiente a su estudio.

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