Como abogados expertos en tramitar incapacidades laborales te ayudaremos a que se reconozca tu enfermedad y consigas…
El ICAM es un organismo autónomo que se encarga de realizar las inspecciones por incapacidad permanente en Cataluña. Es importante que aportes toda la documentación relacionada con tu dolencia cuando te citen para ser evaluado.
En este artículo, como abogados laborales, te aconsejamos cómo afrontar una citación del Tribunal Médico (ICAM en Cataluña), para valorar tu hipotética incapacidad permanente. Es crucial acudir con la documentación suficiente, para facilitar el desarrollo de la entrevista y la actividad evaluadora del personal técnico.
Pero antes, pormenorizamos la labor y funciones del ICAM, además de abordar algunas cuestiones generales en torno a la incapacidad permanente.
El Institut Català d’Avaluacions Mèdiques i Sanitàries (ICAM) es un organismo autónomo de carácter administrativo, que se encarga de realizar las inspecciones, evaluaciones y seguimientos de los procesos médicos y sanitarios vinculados con las prestaciones de la Seguridad Social en materia de incapacidades laborales.
El ICAM efectúa las evaluaciones médicas de los trabajadores con algún tipo de incapacidad para desempeñar sus respectivas actividades laborales. Además, se encarga de dictaminar en torno a la adecuación de las actuaciones sanitarias del sistema público a la buena práctica profesional. Este organismo fue creado por la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. Sus estatutos se regulan en el Decreto 256/2003, de 21 de octubre.
En definitiva y para que lo entiendas mejor, este tribunal médico tiene encomendadas las siguientes funciones:
Controlar la duración de las bajas médicas.
Emitir altas cuando las bajas no estuvieran justificadas.
Evaluar las posibles incapacidades permanentes, a petición del interesado o por su cuenta.
Elaborar informes y dictámenes sobre el funcionamiento del sistema sanitario público.
Para evaluar tus dolencias, el ICAM emplea informes médicos, exploraciones etc. Los resultados de las pruebas y las conclusiones extraídas de los partes clínicos se ponen en relación con el tipo de actividad laboral que realizas, para que el dictamen final sea acorde con tu situación real como trabajador. Parece poco sostenible, por ejemplo, que una enfermedad en el dedo meñique de un pie se estipule invalidante, cuando se desarrolla una labor sentado todo el tiempo. Cuestión distinta sería un trabajo que se efectúa íntegramente de pie.
La incapacidad permanente es la situación por la que pasa un trabajador que, tras someterse a tratamiento médico y haber sido dado de alta, padece reducciones anatómicas o funcionales de carácter grave. Éstas son susceptibles de determinación objetiva y se prevén definitivas. Además, dichas patologías disminuyen o anulan la capacidad laboral en función de diferentes grados de incapacidad (parcial, total, absoluta o gran invalidez).
Abogados especialistas en incapacidad e invalidez laboral en Barcelona
Ten presente que las reducciones anatómicas o funcionales existentes en el momento de la afiliación del trabajador a la Seguridad Social no impiden la calificación como incapacidad permanente, cuando se trate de personas con discapacidad y, tras la afiliación, tales reducciones se hayan agravado, provocando nuevas lesiones o patologías y una reducción de la capacidad laboral que el interesado poseía en el momento de darse de alta.
Por otra parte, no es precisa el alta médica para valorar la incapacidad permanente, cuando existen secuelas definitivas.
La incapacidad permanente parcial ocasiona, sin alcanzar el grado de total, una disminución en el rendimiento normal para la labor habitual del trabajador no inferior al 33 por ciento. Éste puede llevar a cabo las tareas fundamentales de su trabajo cotidiano.
Por su parte, la incapacidad permanente total es la que inhabilita al trabajador para efectuar todas o las tareas básicas y fundamentales de su trabajo diario, siempre que pueda dedicarse a otro diferente.
La incapacidad permanente absoluta inhabilita para ejercer cualquier profesión u oficio y, por último, la gran invalidez es la situación del trabajador con incapacidad permanente que, además, precisa la asistencia de otra persona para llevar a cabo los actos esenciales del día a día (levantarse, vestirse, desplazarse, comer etc.).
Trata de acompañar al resto de la documentación un certificado de la empresa, en el que se enumeren los trabajos y tareas que se realizan en el centro. Este detalle es particularmente importante a la hora de valorar una incapacidad permanente, pues los evaluadores tendrán una idea certera sobre tu contexto laboral.
Las citas médicas y de pruebas diagnósticas próximas, además de un informe del médico de cabecera en torno a los motivos de la baja son otros documentos a tener en cuenta a la hora de preparar la cita con el ICAM.
Si te surgen dudas acerca de todo lo relacionado con el Institut Català d’Avaluacions Mèdiques i Sanitàries (ICAM) y la incapacidad permanente, te damos dos consejos básicos. Por un lado, su contacto. El teléfono del ICAM es 935 11 94 00.
Pero, si tras todos estos preparativos y ardua recogida de documentos, la visita al Tribunal Médico no se desarrolla según lo previsto y discrepas en torno a la baja o a cualquier decisión del equipo de valoración, ten presente que existen otras alternativas que puedes llevar a cabo. Ponte en contacto con el departamento de Garanley especialmente formados para estos asuntos gracias a su experiencia como abogados laboralistas. Ellos serán quienes te informen en torno a los recursos o cauces legales a seguir. Estos expertos te asesorarán sobre posibles vías para rebatir el criterio del Tribunal y, así, lograr un resultado más ajustado a tus intereses.
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