¿Qué impuestos se pagan en una herencia?

Cuando recibimos la información de que vamos a recibir una herencia siempre tenemos que tener en cuenta que la herencia de bienes siempre va ligada a unos costes. El principal impuesto es el Impuesto de Sucesiones, pero no es el único.

Para ayudarte a conocer los impuestos que se deben pagar para recibir una herencia hemos elaborado este artículo. Nuestro objetivo es que tengas las claves básicas, pero si quieres información personalizada, solo deberás ponerte en contacto con nuestro servicio de derecho hereditario y te daremos la información y asesoramiento que necesitas para gestionar tu herencia. 

Información sobre los impuestos que se pagan al recibir una herencia 

Es fundamental que sepas que a la hora de recibir los bienes provenientes de una herencia pagues el Impuesto de Sucesiones. Eso sí, no todo el mundo deberá pagar el mismo importe. Dependiendo de la comunidad autónoma en la que residas, el importe deberá ser uno u otro.  

Pero antes de poner más datos es importante recordar que a la hora de cobrar una herencia hay dos tipos de bienes. Concretamente hay bienes inmuebles y activos financieros.  

Impuestos a la hora de recibir activos financieros en herencia 

Teniendo en cuenta la información del impuesto sobre herencias, podemos certificar que en este caso se produce una ganancia patrimonial. El incremento patrimonial es muy fácil de calcular, es la diferencia entre el patrimonio que se obtiene cuando se recibe la herencia a través de los activos financieros y el patrimonio que se tenía antes de la misma. 

Cuando hablamos de activos financieros, pueden ser de diferentes tipos, siendo los más comunes la herencia de dinero, acciones o fondos de inversión. Cuando se reciben acciones o fondos de inversión a través de una herencia realmente supone una doble tributación para el heredero.  

Concretamente se deberá abonar la ganancia patrimonial a través del IRPF y también realizar la tributación a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. También es importante tener en cuenta la Ley 35/2006. En esa ley se deja claro que el fallecido no tiene que pagar la plusvalía a través del IRPF ya que no existen ganancias ni pérdidas patrimoniales. Puede ser un poco confuso, por ese motivo lo más recomendable es contratar la ayuda de un abogado especializado en herencias. 

En cambio, el heredero sí que tiene que tributar por la ganancia patrimonial. Eso sí, la tributación no se debe realizar en el mismo momento de recibir la herencia, sino que deberá realizarse en el momento de la venta de los activos financieros. Eso es así porque hasta la venta no se conoce el valor de las acciones y los fondos de inversión. Siempre se tiene en cuenta el precio de venta porque son activos que pueden fluctuar mucho en valor, de aquí que hasta que no se venda no haya que tributar por los mismos. Eso hace que algunas personas los mantengan incluso años para intentar vender en el momento más propicio. 

En el caso de heredar un plan de pensiones o un plan de previsión asegurado, debes tener claro que ambos no tributan en el Impuesto de Sucesiones. En este caso, pasarán a tener los beneficios y no tendrán que tributar a nivel fiscal hasta el momento en el cual decidan solicitar el rescate del valor. Ese rescate puede realizarse en el momento del fallecimiento y obtención de la herencia o en el futuro.  

Es importante tener claro que en el momento de realizar el rescate se debe tributar en el IRPF como rendimiento de trabajo. Es una gran opción para calcular el mejor momento a la hora de realizar el rescate. En ocasiones puede ser un buen momento realizar el rescate en el momento de recibir la herencia o puede ser mejor esperar un poco más.   

Impuestos al recibir bienes inmuebles 

 En el caso de que en la herencia haya incluido una o varias viviendas es importante tener en cuenta que hay que abonar dos impuestos. 

  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones: es el más conocido y se suele abonar teniendo en cuenta el valor real de la vivienda o viviendas. El valor siempre es ofrecido a través de la Consejería de Economía y Hacienda. Cada comunidad autónoma tiene su propia consejería. Dependiendo del valor obtenido, se aplicará la escala del impuesto oportuna, al igual que también se podrán aplicar las posibles bonificaciones. Estas últimas siempre se darán dependiendo de la comunidad autónoma.  
  • Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: es conocida como la plusvalía municipal. En este caso se graban los incrementos que hayan tenido los bienes inmuebles durante los últimos 20 años desde el momento de la transmisión. Todo está regulado por el ayuntamiento en el cual se sitúe la vivienda. Eso quiere decir que en todos los sitios no será igual el impuesto.  

Como puedes ver, actualmente hay diferentes tipos de impuestos que tenemos que tener en cuenta a la hora de recibir la herencia. Recuerda, si decides aceptar la herencia, la cual es voluntaria, tendrás que hacer frente a los impuestos oportunos.

Si tienes dudas, no lo dudes y contrata nuestros servicios. Te ayudaremos a que todos los trámites de la herencia y los impuestos te resulten mucho más fáciles. No te compliques la vida, contrata los servicios de un profesional para hacerlo todo correctamente. No olvides que, si no pagas los impuestos a tiempo, entonces tendrías que abonarlos posteriormente junto a una multa y eso no te interesa.  

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