Si te estás preguntando quiénes son los herederos forzosos ante una herencia, has llegado al…
Si necesitas saber qué es la herencia legítima y cómo se calcula, has llegado al lugar indicado. En este post de Garanley Abogados te explicamos todo lo que tienes que saber sobre esta importante porción de la herencia que queda a disposición de los herederos forzosos.
Las herencias suponen uno de los puntos más complicados a la hora de afrontar un fallecimiento, ya que se entra en un proceso de sucesión en el que las pertenencias que se encontraban a nombre del fallecido pasan a repartirse entre los familiares y las personas dispuestas, si se tiene un testamento escrito y notario para este efecto.
Nuestro bufete de abogados de herencias en Barcelona cuenta con amplia experiencia en este tipo de procedimientos, por ello, podemos proporcionarte toda la información que necesitas al respecto.
La herencia legítima es la porción de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, por estar reservada a los herederos forzosos, es decir, a los descendientes, ascendientes y cónyuge de la persona fallecida, en este mismo orden de prioridad.
De este modo, los herederos legítimos tienen derechos de acuerdo a su parentesco y su orden de la siguiente manera:
En el derecho español, son legitimarios los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. A falta de hijos y descendientes, son legitimarios los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. Y el cónyuge viudo, cuya legítima es siempre en usufructo, y varía por estar condicionada a los legitimarios con quienes concurra.
Según la legislación catalana, el Código Civil determina que son legitimarios: los hijos respecto a su causante. Si éstos hubiesen premuerto al causante son legitimarios, por derecho de representación, sus descendientes.
En defecto de todos éstos, la ley catalana atribuye la condición de legitimarios a los progenitores del causante, si bien no tendrán derecho a legítima para el caso de que los hijos del causante existieran y hubiesen sido desheredados por justa causa o bien declarados indignos para suceder.
Para saber qué porcentaje es la legítima, imaginemos que una tableta de chocolate representa el conjunto del caudal hereditario, es decir, los bienes que conforman la herencia. A continuación, dividimos la tableta en tres partes idénticas. Pues bien, uno de esos trozos debe repartirse por igual entre los herederos forzosos. El testador, además y salvo excepciones contadas, debe cumplir dicha obligación legal.
Las otras dos porciones de la tableta de chocolate son el “tercio de mejora” y el de “libre disposición”. El primero puede emplearse para beneficiar especialmente a algún descendiente, indicándose este extremo de manera expresa en el testamento. Si no se señalara nada al respecto, dicha parte se destinaría a incrementar la legítima en otro tercio. Sólo con la parte de libre disposición, el testador puede proceder con absoluta libertad.
La cuantía de la “legítima” varía en función de la comunidad autónoma en la que residamos, así como del número y tipo de herederos. De esta forma, pueden distinguirse tres clases: legítima de hijos y descendientes, legítima de cónyuge viudo y legítima de padres y ascendientes.
Para el derecho común y según el Código Civil, la legítima de hijos y descendientes equivale a las dos terceras partes de los bienes de la herencia, salvo que el tercio de mejora se destine a beneficiar a uno de ellos en particular.
La legítima de padres y ascendientes está conformada por la mitad del caudal hereditario, salvo que concurra cónyuge viudo. Si existe esta circunstancia sería de un tercio. El Código Civil establece que, en caso de existir descendientes del heredero, los padres o ascendientes quedarían sin ningún tipo de derecho.
Finalmente, pueden darse tres casos en lo relativo a la legítima de cónyuge viudo:
Todas estas cantidades son las establecidas en el Código Civil, que opera con carácter supletorio en los territorios en los que existen leyes forales, como Navarra, Bizkaia, etc. o legislación propia como es el caso de Cataluña.
En cualquier caso, y si por las razones que sean, estamos pensando en la posibilidad de desheredar a un descendiente, los despachos de abogados especializados nos orientan en la mejor dirección.
Si necesitas ayuda legal especializada en cualquier asunto relacionado con la herencia legítima y su porcentaje, has de saber que desde Garanley Abogados te proporcionamos toda la experiencia y profesionalidad de nuestros abogados expertos en derecho de sucesiones de Barcelona.
Ponemos a tu disposición el mejor servicio personalizado en temas de herencias, testamentos, legítimas, etc. Analizamos tu caso concreto y nos ocupamos de asesorarte y trazar la estrategia legal que mejor se ajuste a tus necesidades e intereses.
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