Herencia testamentaria vs. legítima: diferencias y aplicaciones

Cuando una persona fallece, por norma general, todo su patrimonio, entre lo que podemos incluir, sus bienes, sus derechos y sus obligaciones se pueden transmitir a otras personas. Por norma general, su patrimonio pasa a formar parte del de sus descendientes, aunque en algunos casos, es posible que hereden sus ascendientes, en caso de haber sobrevivido a su hijo/a y si este no ha tenido hijos/as.

Ahora bien, las herencias son uno de los asuntos que siguen generando más dudas generación tras generación. Sabemos que se trata de un asunto bastante complejo de entender, en especial, para aquellas personas que no están familiarizadas con este tipo de trámites. Por ello, en Garanley, que somos abogados de herencias especializados, te vamos a explicar todo lo relativo a este ámbito para que no tengas ninguna duda de cómo funcionan realmente las sucesiones. 

¿Qué es la legítima de una herencia?

Para explicar qué es la legítima de una herencia, tenemos que entrar en materia y explicarte qué es la herencia en sí misma y en cuántas partes se debe dividir según el Código Civil. Si en algún momento habías pensado que una persona puede decidir a quién va a otorgar todo su patrimonio, lo cierto es que, salvo excepciones muy contadas, en España, esto no funciona así. 

En nuestro país, la herencia se divide en tres partes iguales según el Código Civil. En primer lugar, se encuentra la legítima, en segundo lugar, el tercio de mejora y, en tercer lugar, el tercio de libre disposición. Cada una de estas partes cuenta con unas características y condiciones específicas.

En primer lugar, los descendientes son herederos forzosos

Así pues, si te preguntas qué es la legítima de una herencia, debes saber que se trata de un tercio de la herencia. Esta se debe repartir en partes iguales entre todos los herederos forzosos. Entre estos, se encuentran, en primer lugar, los descendientes, es decir, los hijos o a los descendientes de los hijos, o sea, los nietos de la persona fallecida. En este caso, la legítima se repartiría entre ellos en partes iguales. 

En segundo lugar, los ascendientes tienen derecho a heredar

Si la persona no ha tenido descendientes o estos han fallecido, serían los ascendientes los que podrían heredar, es decir, sus padres. En caso de que estos también hayan fallecido, sería el cónyuge quien tendría derecho al usufructo de este tercio de la herencia o a parte de la misma, dependiendo de si estaban casados en gananciales o en separación de bienes. 

En tercer lugar, el cónyuge tiene derecho al usufructo

Es decir, que esta persona podría disfrutar y hacer uso de la herencia, pero sin que estos bienes pasen a formar parte de su propiedad si estaban casados en régimen de separación de bienes. Ahora bien, en caso de estar casados en bienes gananciales, la pareja tiene derecho al 50% de la herencia total y, además, el usufructo. 

No obstante, si hay hijos en el matrimonio, hay que tener en cuenta que les corresponde la legítima y este porcentaje puede ser menor. Si quieres ampliar más información al respecto, puedes leer nuestro artículo sobre si puede heredar tu pareja si no estáis casados

¿Qué es el tercio de mejora de una herencia?

El tercio de mejora de una herencia es otra de las partes de la herencia, que se puede otorgar a uno o varios descendientes tras el fallecimiento del testador. Para ceder esta parte, es necesario que la persona beneficiaria sea descendiente de la persona fallecida y, en grandes rasgos, se suma a la legítima de tal forma que esta persona obtiene una mayor porción que el resto de los herederos. 

Esta se suele otorgar como “premio», a aquella persona que más ha cuidado o ayudado a la persona antes de fallecer, por lo que es totalmente necesario redactar un testamento. Por este motivo, se trata de uno de los tipos de herencia testamentaria que se pueden legar con la única condición de que la persona beneficiaria sea descendiente del difunto, por lo que pueden heredar sus hijos, nietos y bisnietos siguiendo la última voluntad del fallecido. 

¿Qué es el tercio de libre disposición en una herencia?

El tercio de libre disposición de una herencia es la tercera parte de la misma y tiene la particularidad de que el testador puede otorgar a las personas que quiera sin que exista ninguna justificación o parentesco. Por lo tanto, también es otro de los tipos de herencia testamentaria que existen y la única condición para cederla es hacerlo constar de forma clara en el testamento como una de las últimas voluntades del testador. Por supuesto, también se puede ceder perfectamente a los hijos o a aquellas personas con las que la persona tenga cierto grado de parentesco. 

La excepción: herencias sin hijos, padres ni cónyuges

En el caso de que la persona fallecida no tenga descendientes (hijos, nietos, bisnietos, etc.), ascendientes (padres) o cónyuge, en el Código Civil se indica que esta persona, siempre que realice un testamento claro, puede disponer de todos sus bienes o de la parte de ellos que elija en favor de cualquier persona que tenga capacidad para adquirirlos. 

Por ello, este es otro de los tipos de herencia testamentaria que existen y por lo que es muy importante redactar un testamento, especialmente, si para el testador es importante que una persona cercana que no sea familiar adquiera todo su patrimonio. 

De no hacerlo, sus bienes, derechos y obligaciones pasarán divididos en partes iguales a los herederos colaterales, entre los que podemos mencionar los hermanos, los sobrinos, los tíos y los primos, es decir, familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y en el orden de prioridad en que los hemos nombrado: primero, el segundo grado: hermanos; después, el tercer grado, entre los que se encuentran, primero, los sobrinos y si no hay sobrinos, los tíos. Por último, el cuarto grado de consanguinidad, son los primos. En ausencia de todos ellos, sería el Estado quien se haría cargo de la herencia, así como de las deudas generadas por la persona fallecida, en caso de haberlas. 

¿Cuál es la diferencia entre una herencia legítima y testamentaria?

La principal diferencia que existe entre una herencia testamentaria y legítima radica en la libertad del testador para disponer de sus bienes. Como hemos visto a lo largo de este artículo, la herencia legítima está sujeta a restricciones legales que aseguran que los herederos forzosos reciban la porción de la misma que les pertenece. En España, esto incluye a los hijos, los padres y el cónyuge. Estas porciones están determinadas en el Código Civil y deben respetarse. 

Por otro lado, la herencia testamentaria permite al testador una mayor libertad para disponer dos tercios de su herencia para repartirlos según su criterio personal. A través del testamento, el testador puede decidir cómo distribuir el tercio de mejora y el tercio de libre disposición a quien desee. El primero de ellos lo puede otorgar a sus descendientes y el segundo incluso lo puede ceder a personas sin que exista ninguna relación de parentesco ni justificación.

En resumen, podemos decir que, mientras la herencia legítima se rige por leyes estrictas que aseguran una distribución justa entre los herederos forzosos, la herencia testamentaria ofrece una mayor flexibilidad al testador para “premiar” o beneficiar aquellas personas que considere merecedoras. Incluso puede disponer de ella para cumplir con sus últimas voluntades, siempre y cuando se respete la legítima, que se debe dividir en partes iguales entre los herederos forzosos. Por supuesto, para resolver cualquier duda al respecto, puedes consultar con un equipo de abogados expertos en esta materia, como nosotros, Garanley Abogados. 

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