La legislación española y la del resto de países miembros de la Unión Europea establecen una garantía mínima de dos años al adquirir bienes muebles de consumo privado a estrenar.
Como bien sabes, la ley española establece un período mínimo de garantía de dos años por la compra de bienes muebles de consumo privado a estrenar (electrodomésticos, muebles, automóviles etc.). Si los objetos son de segunda mano, esa garantía mínima se reduce a un año cuando vende un profesional o a seis meses cuando lo hace un particular.
Al comprar una nevera nueva, por ejemplo, dispones de una garantía de dos años desde la adquisición. Durante los seis meses siguientes a la compra, las averías que salgan a la luz se presumen de origen y no debes probar nada para que aquélla se aplique. El fabricante tiene la obligación de reparar el fallo sin coste alguno para tu bolsillo. Pasados los seis meses, el fabricante o vendedor puede exigirte que demuestres la existencia del defecto en origen.
Resumen del artículo
Legislación
La Directiva 1999/44/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, trataba de armonizar las regulaciones de los estados miembros, para conseguir unas garantías mínimas comunes en las adquisiciones de bienes de consumo. Este texto supuso un considerable refuerzo en la protección de los derechos de los consumidores en el ámbito de la Unión Europea.
La directiva introdujo dos novedades destacadas:
Responsabilidad directa del vendedor, con un plazo legal de garantía de dos años.
Principio de conformidad del producto con el contrato.
Estos principios fueron asumidos por la legislación española en la Ley 23/2003, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo. Dicha norma es muy clara y protege a los consumidores de defectos de fábrica, problemas prematuros con los bienes comprados o desajustes entre lo prometido y lo adquirido. Además, obliga a los vendedores a reparar estos fallos sin coste alguno para los compradores. Sin embargo y en la vida real, las cosas no son tan sencillas y son usuales los problemas para demostrar la responsabilidad de las averías y los rechazos de los fabricantes a asumir los costes por las reparaciones.
El RDL 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios señala que los bienes de segunda mano también tienen un plazo de garantía legal de dos años, aunque las partes pueden pactar un plazo menor, que no puede ser inferior a un año.
Conflictos habituales entre comprador y vendedor
A buen seguro, te has encontrado, como comprador, con alguno de estos tres problemas:
Guardar el ticket de compra de un bien durante tanto tiempo.
Plazos de garantía poco claros.
Dificultad para demostrar que el fallo en cuestión viene de origen.
El vendedor traslada costes que no debe o te obliga a acudir al fabricante para eludir sus responsabilidades.
Los conflictos en este ámbito son, por tanto, de lo más variopinto. Entonces, ¿qué hacer si sufres un problema con la garantía de un bien que has adquirido?. No lo dudes y ponte en contacto con tu abogado de confianza. Y para la próxima, procura leer las condiciones de la garantía antes de adquirir el producto y exige que te entreguen un libro de instrucciones para evitar usos indebidos.
Productos con garantía
Productos con garantía legal son todos los bienes muebles de consumo privado, nuevos o de segunda mano. No tienen garantía, sin embargo, los adquiridos en ventas judiciales, los suministros de electricidad, agua o gas y los de segunda mano conseguidos en subastas administrativas.
Cómo solicitar la aplicación de la garantía
Debes acudir a la tienda o al proveedor que te suministró el producto en cuestión, con el ticket o factura de la compra y el bien adquirido, si ello es posible. Has de hacerlo en un plazo de dos meses desde la detección de la avería o fallo, tal y como establece el RDL 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Si el producto no cumple con lo anunciado por el vendedor o posee características diferentes a las reseñadas por éste, puedes exigirle la reparación o sustitución. Éstas deben ser absolutamente gratuitas para ti y el vendedor no puede cargarte gastos de envío, costes adicionales o mano de obra, por ejemplo.
Si discrepáis, porque el vendedor estime que el fallo se debe a un mal uso por tu parte, siempre puedes solicitar un informe técnico o pericial para fundamentar tu petición. Lo más aconsejable en este caso es poner el asunto en manos de un bufete especializado en la materia.
La garantía de un bien defectuoso permite al consumidor:
Reparar el producto.
Sustituirlo por otro nuevo.
Solicitar una reducción de precio.
Resolver el contrato.
Si el producto no puede sustituirse por otro nuevo o la medida no es razonable, está en tu mano optar por una reducción del precio o por la resolución del contrato. Pero no olvides que la reparación o el cambio no deben costarte nada. Además, durante el tiempo que estés privado del bien, el plazo de la garantía queda en suspenso. Recuerda, igualmente, que tanto el producto reparado como el nuevo han de contar con otra garantía de al menos seis meses, aunque restase menos tiempo para que se cumpliera la original.
Consejos para evitar problemas con la garantía
Repasa toda la documentación de la garantía, antes de adquirir el bien en cuestión (sólo son obligatorios los documentos cuando existe garantía comercial que amplíe la legal).
Ten presente esta idea: las garantías comerciales completan la legal, jamás pueden sustituirla.
Procura guardar en lugar seguro todos los documentos. Si no existe garantía comercial, basta con el ticket o factura de compra. La fecha de los mismos significa el inicio de la garantía legal.
Si adquieres un producto de segunda mano con garantía vigente, pide al vendedor el ticket o la factura correspondiente.
Procura comprar en establecimientos que admitan la devolución de bienes y dinero.
Si el establecimiento en el que adquiriste el producto ha cerrado, dirígete al fabricante.